Alegaciones al reglamento de distritos

Alegaciones
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Seguimos sin comprender el entusiasmo y el empeño que ponen los distintos gobiernos municipales del ayuntamiento de Elche por separar a El Altet de Balsares y Arenales del Sol


A la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Elche:
 
Seguimos sin comprender el entusiasmo y el empeño que ponen los distintos gobiernos municipales del ayuntamiento de Elche por separar a El Altet de Balsares y Arenales del Sol, como realidad geográfica, histórica, cultural, socioeconómica y demográfica. Ya en su día, crearon la pedanía de Arenales, para dividir la población y el territorio de El Altet en dos. Corrían vientos de emancipación y había que echar el freno.
Pues aún hoy, y tras el retorno de esos aires de segregación, nos la vuelven a jugar y pretenden descomponer la citada realidad municipal, al amparo de un reglamento de distritos que venía a solucionar el problema territorial, y que con este borrador solo hace que profundizar en dicha problemática, separando a El Altet de su playa, Arenales del Sol, y de Balsares, núcleo con el que se comparte historia, tradiciones, cultura, población, servicios, e incluso cementerio vecinal y parroquia, segregada de Santa María hace ya más de 150 años.
Igualmente, y como solución a los conflictos existentes en cuanto a la participación ciudadana en la vida pública así como en la toma de decisiones y reparto presupuestario, nos presentan un borrador de reglamento inspirado en otros municipios de mayor enjundia y que apuestan por una descentralización real, llegando a un 8% de presupuesto gestionado directamente por los distritos, y que aquí se queda en apenas un paupérrimo 2%, que poco va a satisfacer las aspiraciones de la ciudadanía por participar y decidir en los asuntos públicos.


También, y para agravar el déficit en materia de participación, eliminan el consenso de los vocales-representantes de los colectivos ciudadanos a la hora de acordar sobre asuntos propios de su junta municipal, pasando éstos a tener voz, pero no voto y dejando el poder de decisión sobre los vocales nombrados por los propios grupos políticos representados, creando con ello un “pequeño ayuntamiento”, en lugar de una verdadera junta de participación vecinal. Un retroceso en toda regla.
Finalmente, y como colofón al interés mostrado por las pedanías y sus vecinos, en el citado borrador de reglamento sólo hablan de barrios, en cuanto a su territorio, olvidando a las pedanías; y de asociaciones de vecinos en cuanto a su población, olvidando al resto de colectivos que participan activamente en el día a día del municipio.
 
Por todo ello, venimos a enmendar el Reglamento Orgánico de los Distritos y pedanías del ayuntamiento de Elche en los siguientes artículos:

Artículo 2.-
  • Donde pone “Se crean 13 distritos municipales” debería poner Se crean 12 distritos municipales.
  • Donde pone “Distrito 8: Torrellano” debería poner Distrito 8: Levante Centro: Torrellano, Valverde, Maitino y Perleta.
  • Donde pone “Distrito 9: El Altet” debería poner Distrito 9: Levante Este: El Altet, Balsares-Bassars y Arenales del Sol.
  • Donde pone “Distrito 12” debería poner Distrito 11.
  • Donde pone “Distrito 13” debería poner Distrito 12.
  • Artículo 4.-
  • Donde pone “El porcentaje mínimo de los recursos presupuestarios de la Corporación que deberá gestionarse de forma directa por los distritos se fija en un 2%, atendiendo a lo establecido en el presupuesto municipal y sus bases de ejecución. El citado porcentaje se distribuirá entre los distritos en atención a criterios objetivos de territorio y población y de forma progresiva.” Debería poner El porcentaje mínimo de los recursos presupuestarios de la Corporación que deberá gestionarse de forma directa por los distritos se fija en un 8%, atendiendo a lo establecido en el presupuesto municipal y sus bases de ejecución. El citado porcentaje se distribuirá entre los distritos en atención a criterios objetivos de territorio, un 4%;  y población, otro 4%; y de forma progresiva.

 

Artículo 10.-
  • Donde pone “1. El Pleno de la Junta Municipal estará compuesto por vocales nombrados por el Alcalde-Presidente a propuesta de los grupos políticos con representación municipal, con arreglo a un criterio de proporcionalidad en función de los resultados de las últimas elecciones municipales. Para garantizar esta proporcionalidad, el número de vocales y su distribución entre los grupos políticos serán idénticos a los establecidos en cada mandato corporativo para las Comisiones del Pleno del Ayuntamiento. Serán además miembros natos de las Juntas los Alcaldes Pedáneos si los hubiere, así como el Concejal-Presidente de Distrito, si bien éste último computará entre los vocales correspondientes al grupo político al que pertenezca.” Debería poner: 1. El Pleno de la Junta Municipal estará compuesto por vocales nombrados por el Alcalde-Presidente a propuesta de los grupos políticos con representación municipal, con arreglo a un criterio de proporcionalidad en función de los resultados de las últimas elecciones municipales. Para garantizar estaproporcionalidad, el número de vocales y su distribución entre los grupos políticos serán idénticos a los establecidos en cada mandato corporativo para las Comisiones del Pleno del Ayuntamiento. Serán además miembros natos de las Juntas los Alcaldes Pedáneos si los hubiere, así como el Concejal-Presidente de Distrito, si bien éste último computará entre los vocales correspondientes al grupo político al que pertenezca.
  • Además, y en idéntico número, serán vocales de la Junta, los representantes de las Asociaciones de vecinos o Colectivos de los barrios o pedanías pertenecientes a esa Junta, elegidos libre y mayoritariamente entre ellos.
 
  • Donde pone “2. Formarán parte del Pleno de la Junta, con voz pero sin voto, los representantes de las Asociaciones de Vecinos de los barrios que integren la Junta Municipal, así como de otras asociaciones vinculadas a cada demarcación territorial, nombrados por el Alcalde-Presidente a propuesta del Concejal Presidente de Distrito.” Debería poner: 2. Formarán parte del Pleno de la Junta, con voz, pero sin voto, los representantes de las Asociaciones de Vecinos o Colectivos de los barrios o pedanías que integren la Junta Municipal, así como de otras asociaciones vinculadas a cada demarcación territorial, nombrados por el Alcalde-Presidente a propuesta del Concejal Presidente de Distrito.

Artículo 11.-

  • Donde pone “2. b) Junta, Distrito o para la ciudad” Debería poner: 2. b) Junta, Distrito o Municipio.

 
                                                                                                                  Ángel Jesús Soler Tristán
                                                                                                                             Secretario General